POLÍTICAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
POLÍTICA DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE FOSCA, en el desarrollo de sus servicios como
administradora de recursos públicos; el representante legal reconocer la importancia del capital humano, el mejoramiento
continuo de los procesos, la protección del medio ambiente y la implementación
del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual va
encaminado a promover y mantener el bienestar físico, mental y social de los
trabajadores y demás partes interesadas, ofreciendo lugares de trabajo seguros
y adecuados.
En concordancia con lo
anterior, contempla los siguientes objetivos:
1. Disminuir la accidentalidad y aparición de
enfermedades laborales.
2. Fortalecer los conocimientos de seguridad y salud
en el trabajo, mediante la implementación de su programa de capacitaciones.
3. Realizar las evaluaciones medicas ocupacionales
requeridas para el monitoreo de las condiciones de salud de los trabajadores.
4. Establecer las medidas de prevención y control de
acuerdo a la identificación de peligros, evaluación y valoración de los
riesgos.
5. Cumplir con las normas vigentes aplicables en
materia de riesgos laborales.
La alta dirección destinara
los recursos financieros, físicos, humanos y técnicos para el control y el
mejoramiento permanente de las condiciones de salud y trabajo.
Esta política hace parte de
las políticas de gestión de la Entidad, será revisada anualmente y socializada
a todos los colaboradores.
Dada en Fosca Cundinamarca, a los Veinticuatro (24)
días del mes Marzo de 2022
POLITICA DE PREVENCIÓN
DE ACOSO LABORAL
Conscientes de la importancia de establecer mecanismos de
prevención de las conductas de acoso laboral, LA ALCALDIA DE FOSCA ha creado el Comité de Convivencia Laboral, el
cual en conjunto con todos los trabajadores de la Entidad, establecerá
actividades tendientes a generar una conciencia colectiva de sana convivencia,
que promueva el trabajo en condiciones dignas y justas; la armonía entre
quienes comparten vida laboral empresarial y el buen ambiente en la empresa y
proteja la intimidad, la honra, la salud mental y la libertad de las personas
en el trabajo.
La Alcaldía de Fosca se compromete a implantar y vigilar
el cumplimiento de las normas dirigidas a prevenir cualquier conducta o
comportamiento que implique la calificación de acoso laboral, a salvaguardar la
información que sea recolectada, a la vez que a dar trámite oportuno a las
quejas que pueden aparecer en torno al acoso laboral a través del COMITÉ DE CONVICENCIA LABORAL, según
resoluciones No. 652 y 1356 de 2012.
POLÍTICA
DE VELOCIDAD
(OCTUBRE 03 DE 2022)
OBJETIVO: Establecer principios básicos
de comportamiento en la vía, con el propósito de contribuir a la prevención de
accidentes viales que afectan a los colaboradores.
ALCANCE:
Este
documento aplica a todo el personal que presta un servicio como prestador de
servicio, dependiente, contratistas y demás partes interesadas.
DESCRIPCIÓN: La Alcaldía de Fosca da a
conocer la siguiente política; Implantando los
controles necesarios para garantizar que los conductores, sin importar el tipo de vinculación laboral, den
cumplimiento a la normatividad vigente en cuanto a la velocidad.
Lo cual se desarrollará mediante las siguientes directrices:
●
La Velocidad máxima en zona urbana será de 60 Km/H
●
La Velocidad máxima será de 80 Km/H en vías intermunicipales
●
30 Km/h en zonas escolares o
residenciales.
POLITICA DE PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE ALCOHOL, TABACO Y OTRAS SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
LA ALCALDIA MUNICIPAL, consiente de la importancia
de establecer una política para reducir el consumo de alcohol, tabaco y otras
sustancias psicoactivas, asume una posición de prevención de la enfermedad y
promoción de la salud a través de la generación de hábitos de vida saludables,
cuyo principal objetivo es promover el bienestar laboral de los colaboradores,
dicha política será dada a conocer a todo el personal que tenga que ver con la
Entidad para que sea cumplida. Las medidas establecidas para cumplir con este
objetivo son:
· Se prohíbe el consumo de tabaco, alcohol o cualquier tipo de sustancia psicoactiva dentro de las instalaciones de la Alcaldía, o en sitios en donde se cumplan órdenes del empleador, así como su posesión y/o venta.
· Se prohíbe que los colaboradores se presenten al sitio de trabajo o laboren en estado de embriaguez o bajo efectos del consumo de cualquier sustancia psicoactiva.
· Ningún colaborador podrá operar vehículos y/o maquinaria amarilla o cualquier medio de transporte durante su jornada laboral bajo los efectos del alcohol, drogas y/o alguna sustancia psicoactiva o medicamento que pudiera afectar su capacidad para trabajar de manera segura.
· Todo colaborador vinculado a la Entidad, deberá participar en las diferentes actividades de promoción y prevención que se programen sobre el NO consumo de cualquier tipo de sustancia psicoactiva.
· La violación de cualquiera de los numerales de la presente Política, constituye falta grave, por consiguiente dará lugar a la terminación del contrato de trabajo y sin derecho a indemnización alguna.
·
La prevención del alcoholismo, tabaquismo y
drogadicción forma parte del sistema de gestión de seguridad y salud en el
trabajo, por lo que su divulgación se realizará en la inducción de los colaboradores
de la ALCALDIA MUNICIPAL.
POLÍTICA DE SEGURIDAD
VIAL
(ABRIL 07 DE 2022)
OBJETIVO: Establecer principios básicos de comportamiento en la vía, con el propósito de contribuir a la prevención de accidentes viales que afectan a los colaboradores.
ALCANCE: Este documento aplica a todo el personal que presta un servicio como prestador de servicio, dependiente, contratistas y demás partes interesadas.
DESCRIPCIÓN: La Alcaldía de Fosca en su compromiso de preservar la vida humana y
la continuidad de las operaciones, ha establecido la siguiente política de
seguridad vial; La cual es de obligatorio cumplimiento para conductores propios
y terceros, quienes deben seguir los lineamientos relacionados a continuación:
· Se debe ser cortes y respetar a otros conductores y usuarios de la vía
· Respetar los límites de velocidad establecidos por las autoridades.
· El conducir bajo influencia de sustancias alcohólicas o alucinógenas es una condición de riesgo máximo para el mismo operador, para las demás personas del entorno y para el medio ambiente, por lo tanto, es una situación NO permitida en la Entidad, lo cual amerita la sanción o despido justificado.
· El uso del cinturón de seguridad debe hacerse en todo momento.
· Todo conductor debe comportarse de forma que no obstaculice, perjudique o ponga en riesgo a los demás y debe conocer y cumplir con las regulaciones, normas de tránsito y transporte terrestre vigente y especificaciones técnicas.
· Todo conductor debe portar con la documentación requerida por las autoridades de tránsito y la empresa.
· Es responsabilidad del conductor hacer uso adecuado de los vehículos y todos sus componentes, equipo de carretera, botiquín, los elementos de seguridad personal y demás elementos proporcionados por la Entidad. Así como velar por las condiciones de conservación necesarias de los mismos.
· Previo al dar inicio con la labor asignada el conductor debe realizar inspección pre-operacional al vehículo y/o maquinaria para garantizar la operatividad del mismo.
·
Cuando se tenga
conocimiento de situaciones de orden público que se puedan estar presentando se
informará vía telefónica a Jefe inmediato quienes darán la instrucción del
caso.
· El uso de teléfonos celulares y el envío de mensajes se debe hacer únicamente cuando el vehículo se encuentre estacionado en un lugar seguro a un lado de la carretera, de modo que no represente una situación de riesgo que pueda causar un accidente.
· Todo conductor debe haber descansado y estar en condiciones físicas óptimas; antes de iniciar cualquier trayecto, si siente fatiga durante la jornada de conducción debe detener la marcha en un sitio seguro y tomar un descanso de por lo menos 15 minutos cada cuatro horas.
· Los conductores deben asistir a las capacitaciones programadas por la Alcaldía Municipal.
·
Los conductores deben portar la dotación suministrada por la Entidad.
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